Cheat sheet: recurso de reposición in voce
Todo lo que hay que tener a mano en sala para recurrir de palabra la admisión o inadmisión de una prueba, con el precepto de cada motivo.
El recurso de reposición in voce (art. 285.2 LEC) se interpone oralmente y exige mencionar la infracción cometida (art. 452 LEC). Se ordenan los motivos para recurrir la admisión de prueba de contrario —impertinencia, inutilidad, extemporaneidad— y la inadmisión de la propia, los preceptos de cada medio de prueba, la respetuosa protesta y otros artículos útiles en la audiencia.
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Esta es la versión web de la hoja de consulta rápida sobre el recurso de reposición in voce: los motivos y preceptos que conviene tener delante en la audiencia cuando el tribunal decide sobre la prueba.
| 285.2 LEC | Interposición del recurso de reposición oral |
|---|---|
| 452 LEC | Obligación de mencionar la infracción cometida |
Contra admisión contraria
Contra inadmisión propia
| 299 LEC | Inadmisión de medios de prueba |
|---|---|
| 217 LEC | La actora tiene la carga de la prueba |
| 217.6 LEC | Facilidad y disponibilidad probatoria |
Medio de prueba concreto
- Interrogatorio301 LEC
- Testigo360 LEC
- Doc. pública317 LEC
- Doc. privada324 – 325 LEC
- Perito335 LEC
Inadmisión / impugnación del recurso
Artículos de interés
| 426.5 LEC | Aportación de documentos nuevos por alegaciones complementarias, rectificaciones, peticiones, adiciones y hechos nuevos |
|---|---|
| 339 LEC | Posibilidad de designación de peritos por el Tribunal con posterioridad a la presentación de la demanda por el beneficiario de AJG |
| 338 LEC | Posibilidad de aportación del demandante de dictámenes periciales a la vista de alegaciones realizadas por el demandado en la contestación a la demanda |